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RUMBO, ANDREA KARINA c/ RICCIARD S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido indirecto y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el fallo de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios.

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó el fallo, elevando el monto de condena a $ 1.273.893,70. Confirmó lo decidido en costas y honorarios. Impuso las costas de alzada a los condenados y fijó los honorarios de alzada en el 30% de la instancia anterior. Los principales fundamentos fueron:
- La Cámara consideró acreditada la relación laboral denunciada por la trabajadora, con base en los testimonios concordantes y la falta de objeciones convincentes de los demandados.
- Respecto a la responsabilidad solidaria de las personas físicas demandadas, la Cámara la consideró ajustada a los arts. 54, 56 y 274 de la Ley General de Sociedades, por la existencia de clandestinidad laboral y el poder de mando efectivo que ejercían sobre las sociedades.
- En cuanto a los agravios de la trabajadora, la Cámara modificó el fallo para aumentar los montos indemnizatorios correspondientes al art. 15 de la Ley de Empleo, art. 2 de la Ley 25.323 y el cálculo del aguinaldo.
- La Cámara desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 770 inc. b del Código Civil y Comercial sobre anatocismo.

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