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BUSTAMANTE, YAMILA JAEL c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajadora accidentada recurre sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica el cálculo de la indemnización y los intereses.

Intereses Costas Indemnizacion Honorarios Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Actualizacion Ley 27 348

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Yamila Jael Bustamante demandó a Federación Patronal ART S.A. por una Ley 27.348. La jueza de primera instancia fijó la condena tomando como referencia el IBM operativo de noviembre de 2022 y computando intereses desde la fecha del siniestro. La actora cuestionó que los intereses no se aplicaron desde la primera manifestación invalidante y solicitó la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928. La Cámara resolvió modificar la sentencia. Señaló que el monto de la prestación dineraria debe actualizarse al momento de la liquidación de acuerdo al índice RIPTE, aplicando un interés puro del 6% anual entre la fecha del siniestro y la liquidación. Esto, sin atender a la fecha de la primera manifestación invalidante. La Cámara descartó declarar la inconstitucionalidad invocada, siguiendo la doctrina de la CSJN. En relación a los honorarios, la Cámara dejó sin efecto lo decidido en primera instancia y reguló los honorarios del patrocinio y representación letrada de la actora en el 15% y 7% respectivamente del monto total de condena, e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida.

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