ACEVEDO, ORLANDO MARIANO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el juzgado de origen determine el importe de la prestación dineraria que corresponda.
¿Quién es el actor?
Orlando Mariano Acevedo
¿A quién se demanda?
Galeno ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dispuso que el juzgado de origen determine el importe de la prestación dineraria que corresponda y, en su caso, tramite la ejecución. Además, dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
Los principales fundamentos fueron:
- La Cámara discrepa con la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 26.773 relativo a la obligatoriedad de aplicar los baremos, considerando que no es irrazonable la pretensión de unificar los valores para el cálculo de las prestaciones. Sin embargo, entiende que si la afección no estuviera incluida en el baremo, la omisión no sería motivo para desconocer la existencia del daño.
- Respecto a los intereses, si bien las actas de la Cámara no son aplicables cuando existe un interés legal, la modificación introducida por el Decreto 669/19 al art. 12 de la LRT genera un resultado superior al reconocido en primera instancia, por lo que corresponde confirmar lo decidido.
- En cuanto a la determinación del monto de la prestación dineraria, la Cámara considera que debe ser realizada por el juzgado de origen, dejando sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia e imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada.
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