PASUTTI GOYENECHE, NICOLAS ALEJANDRO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador apela sentencia por omitir aplicar intereses capitalizados. La Cámara modificó la decisión de grado y ordenó aplicar la capitalización anual de intereses.
Accidente de trabajo
- Ley especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la aplicación de intereses. Ordenó aplicar la capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda, de conformidad con el Acta CNAT N° 2764/22. Confirmó los honorarios regulados.
Fundamentos relevantes:
- "En virtud de ello, la suma diferida a condena adicionará intereses desde que cada suma es debida conforme la tasa de interés establecida en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con más la capitalización del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial que se establecerá anualmente desde la fecha de notificación de la demanda -30/11/2017
- (conf. Acta CNAT N° 2764/22) y hasta la fecha de la liquidación que se practique en la etapa prevista en el art.132 de la ley 18.345."
- "En lo que respecta a las apelaciones dirigidas a cuestionar los honorarios regulados en favor de los profesionales intervinientes, tomándose en cuenta el resultado del litigio, su valor económico, el mérito y extensión de la labor desarrollada -conforme las leyes arancelarias-, estimo que los mismos lucen equitativos y ajustados a derecho, por lo que sugiero confirmarlos."
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