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SUBLAZZOLI PAOLA NOELIA c/ CONECTEAM S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La actora apeló la sentencia que rechazó su demanda por despido. La Cámara del Trabajo modificó la decisión y condenó solidariamente a las empresas demandadas de acuerdo al artículo 30 de la LCT.

Responsabilidad solidaria Tercerizacion Despido Actividad normal y especifica Art 30 lct Terminales de captura

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Paola Noelia Sublazzoli demandó por despido a Conecteam S.R.L., Datapos S.R.L., Prisma Medios de Pago S.A. (actual Visa Argentina S.A.) y Banco Santander Río S.A. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda contra Prisma Medios de Pago S.A. y Banco Santander Río S.A. La trabajadora apeló este aspecto de la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, revocó parcialmente la sentencia de grado y condenó solidariamente a Prisma Medios de Pago S.A. (Visa Argentina S.A.) y Banco Santander Río S.A. de acuerdo al artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. La Cámara consideró que las tareas de promoción y asesoramiento de los servicios de terminales de captura ("Lapos") prestados por la trabajadora eran parte de la actividad normal y específica de Visa Argentina S.A. y Banco Santander Río S.A., por lo que correspondía la responsabilidad solidaria de estas empresas.

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