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MERLO, LUCAS EZEQUIEL c/ CODECOP S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor impugnó el rechazo de la demanda contra una de las codemandadas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo extendió la responsabilidad solidaria a dicha sociedad.

Responsabilidad solidaria Intimacion Despido Maniobras fraudulentas Honorarios perito Conduccion temeraria Conjunto economico permanente Articulo 31 lct

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del actor. Modificó la sentencia de primera instancia al extender la condena en forma solidaria a Codecop S.A., entendiendo que existía un conjunto económico permanente entre las sociedades demandadas. La Cámara consideró que se encontraban presentes maniobras fraudulentas y conducción temeraria que justificaban la aplicación del artículo 31 de la LCT, al constatarse la unificación de empresas jurídicamente independientes bajo una dirección unificada. Sin embargo, la Cámara confirmó el rechazo del reclamo del artículo 132 bis de la LCT, por entender que la intimación cursada no resultaba suficiente. También confirmó la regulación de honorarios al perito contador.

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