CATALDO, MARIO DIEGO c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor cuestiona el rechazo del daño psicológico en un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la decisión al considerar que el informe pericial no acredita un daño psíquico indemnizable.
Daño psicológico por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma el rechazo del reclamo de daño psicológico. El informe pericial concluye que el trabajador sufrió una reacción vivencial anormal neurótica de carácter leve, que no se traduce en una perturbación patológica de la personalidad. Por lo tanto, el daño psíquico no es indemnizable según la tabla de incapacidades aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostiene que el informe pericial, realizado por un médico experto, es la mejor prueba para determinar la existencia y entidad de las secuelas psíquicas. El tribunal sólo puede apartarse de las conclusiones periciales cuando existan razones serias y fundamentadas que demuestren que el peritaje se aleja de principios lógicos o máximas de experiencia, lo que no ocurre en este caso.
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