ALVAREZ PEREDO, ANTONIO JUAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor recurrió la desestimación del porcentaje de incapacidad psíquica. La Cámara modificó la sentencia y estableció un porcentaje de incapacidad psicofísica del 32,10% de la T.O.
Impugnación del porcentaje de incapacidad psíquica determinado en primera instancia
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, incrementando el porcentaje de incapacidad psicofísica al 32,10% de la T.O. y elevando el monto indemnizatorio a $1.139.795,24.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Consideró que el actor había cuestionado la falta de determinación de incapacidad psicológica en la instancia administrativa.
- Valoró que el informe pericial psicológico acreditaba un daño psíquico vinculado al accidente, aunque en un porcentaje menor al 10% inicialmente determinado.
- Aplicó un criterio de razonabilidad para fijar el porcentaje de incapacidad psíquica en un 5% de la T.O.
- Recalculó el total de incapacidad psicofísica en 32,10% de la T.O., aplicando el piso mínimo indemnizatorio.
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