BUSTOS PEREZ, MATIAS EZEQUIEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psíquica adicional al porcentaje de incapacidad física.
Prestación dineraria por incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psíquica del 10% adicional a la incapacidad física del 19%, fijando una incapacidad total del 32,48%. En consecuencia, incrementó el monto indemnizatorio.
Fundamentos relevantes:
- La pericia psicológica realizada concluyó que el actor presenta un trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo reactivo al accidente, correspondiente a un 10% de incapacidad.
- El tribunal resolvió que corresponde adicionar dicha incapacidad psíquica a la física, ya que la pericia fue efectuada con las formalidades legales.
- Respecto a la impugnación de la aseguradora sobre el porcentaje de incapacidad física, el tribunal consideró razonable el porcentaje asignado por la perito, en atención a la repercusión que genera la cicatriz en la pierna del trabajador.
- El tribunal aplicó el régimen especial de actualización del Decreto 669/2019, que establece la actualización de las prestaciones por el índice RIPTE.
- Respecto a los intereses, el tribunal consideró que corresponde aplicar un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la determinación del monto indemnizatorio, y luego el promedio de la tasa activa del Banco Nación.
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