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BUSTOS PEREZ, MATIAS EZEQUIEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psíquica adicional al porcentaje de incapacidad física.

Intereses Incapacidad laboral Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Actualizacion Trastorno adaptativo

Prestación dineraria por incapacidad derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psíquica del 10% adicional a la incapacidad física del 19%, fijando una incapacidad total del 32,48%. En consecuencia, incrementó el monto indemnizatorio. Fundamentos relevantes:
- La pericia psicológica realizada concluyó que el actor presenta un trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo reactivo al accidente, correspondiente a un 10% de incapacidad.
- El tribunal resolvió que corresponde adicionar dicha incapacidad psíquica a la física, ya que la pericia fue efectuada con las formalidades legales.
- Respecto a la impugnación de la aseguradora sobre el porcentaje de incapacidad física, el tribunal consideró razonable el porcentaje asignado por la perito, en atención a la repercusión que genera la cicatriz en la pierna del trabajador.
- El tribunal aplicó el régimen especial de actualización del Decreto 669/2019, que establece la actualización de las prestaciones por el índice RIPTE.
- Respecto a los intereses, el tribunal consideró que corresponde aplicar un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la determinación del monto indemnizatorio, y luego el promedio de la tasa activa del Banco Nación.

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