SILVA, JULIO ADOLFO c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO BRASIL 562 / 564 / 566 s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que condenó al consorcio demandado a abonar las indemnizaciones por despido improcedente.
¿Quién es el actor?
Julio Adolfo Silva
¿A quién se demanda?
Consorcio de Propietarios del Edificio Brasil 562/564/566
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que había condenado al consorcio a abonar las indemnizaciones por despido improcedente.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La parte demandada no acreditó debidamente la causal de despido invocada (incapacidad del trabajador por su edad avanzada). La prueba testimonial aportada resultó insuficiente, al no haberse presentado un dictamen médico que constatara la limitación alegada.
- De acuerdo a los arts. 212 y 254 de la LCT, la extinción del contrato por incapacidad requiere de una evaluación integral (física y psicológica) que permita determinar fehacientemente la limitación del trabajador.
- La ausencia de ese dictamen médico determinó que el despido fuera considerado improcedente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: