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ALBA, CARINA VERONICA c/ CENTROMEDICA S.A. s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma sentencia de primera instancia que reconoció vínculo laboral de dependencia entre la actora y la demandada.

Prueba testimonial Relacion de dependencia Presuncion legal Despido indirecto Multas laborales


¿Quién es el actor?

Carina Verónica Alba

¿A quién se demanda?

Centromedica S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo de la actora, reconociendo la existencia de un vínculo laboral de dependencia entre las partes. La Cámara consideró que los testimonios analizados en su conjunto demostraron que la actora prestaba servicios en forma personal y subordinada a la demandada, desempeñándose como chofer para trasladar a un médico, recibiendo órdenes e instrucciones, y no asumiendo los riesgos de la actividad. Por ello, se aplicó la presunción de existencia de relación laboral del art. 23 LCT. También se confirmaron las multas por falta de registro y entrega de certificaciones adeudadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La jueza de grado ponderó la prueba testimonial en forma adecuada, aplicando las reglas de la sana crítica, sin que la apelante lograra desvirtuar esa valoración.
- Los testimonios coinciden en que la actora prestaba servicios personales y subordinados a la demandada, sin asumir los riesgos de la actividad.
- Corresponde aplicar la presunción de existencia de relación laboral del art. 23 LCT al haberse acreditado la efectiva prestación de servicios.
- La falta de pago de las indemnizaciones y de registro generan el deber de abonar las multas previstas en los arts. 2 ley 25.323 y 80 LCT.

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