MANSILLA, GUSTAVO GABRIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, pero desestimó el reclamo por incapacidad psicológica.
Accidente in itinere y reconocimiento de incapacidad psicológica
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo por accidente in itinere, pero se desestima el reclamo por incapacidad psicológica. El tribunal consideró que el daño psicológico no puede ser receptado si el daño físico verificado es exiguo, ya que debe estar intrínsecamente ligado a una minusvalía de tal envergadura que amerite ponderar que la incapacidad le provoca un padecimiento psíquico al accidentado. En este caso, la limitación funcional de rodilla izquierda de 3.36% no fue considerada suficiente para acreditar el nexo causal con el daño psicológico alegado.
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