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TORRES, RAUL PROSPERO c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS RODRIGUEZ PEÑA 227/231 s/DESPIDO

Trabajador apela sentencia que rechazó su reclamo por despido incausado. La Cámara confirma la decisión y establece que el consorcio no estaba obligado a otorgar tareas extraordinarias durante la pandemia.

Equidad Consorcio Pandemia Despido Horas extras Salud del trabajador


¿Quién es el actor?

Raúl Prospero Torres

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios Rodríguez Peña 227/231

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo del trabajador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho laboral tutela la salud de los trabajadores, por lo que durante la pandemia las empresas no estaban obligadas a otorgar tareas extraordinarias, sino solo las indispensables.
- El derecho a trabajar horas extras no puede considerarse una condición esencial de la relación, ya que la ley limita la jornada máxima para preservar la salud de los dependientes.
- Sin embargo, en aras de la equidad, se imponen las costas del proceso por su orden y las comunes por mitades.

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