CIVILA, EUGENIO LEOPOLDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador recurrió la sentencia que lo reconoció con un grado de incapacidad del 45,3288%. La Cámara modificó el modo de cálculo de los intereses de la condena.
Recurso Ley 27348 (incapacidad laboral)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció al trabajador una incapacidad del 45,3288%, pero modificó el modo de cálculo de los intereses. Dispuso que el crédito devengue intereses desde la fecha del siniestro (16/10/2018) hasta la notificación del traslado del recurso de apelación (29/01/2020), momento a partir del cual se capitalizarán los intereses. Ordenó regular nuevos honorarios.
Fundamentos relevantes:
- "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 770, inciso b), del CC y CN. y lo resuelto por esta Sala en la causa: "ROSALEZ, NANCY ISABEL c/ EXPERTA ART S.A. s/ RECURSO LEY 27348" (Expte. 38603/21, SD del 06/10/23), a cuyos fundamentos cabe remitirse en obsequio de la brevedad, propongo que el crédito objeto de condena devengue intereses desde la fecha del siniestro (16/10/2018), de conformidad con las tasas dispuestas en grado, hasta la de notificación del traslado del recurso de apelación en sede administrativa (29/01/2020), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital (art. 770, inciso b CCyCN)."
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