Logo

WOSZCZYLLO, SERGIO OSCAR c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO s/DESPIDO

Trabajador demandó a la obra social por despido y logró aumentar el monto indemnizatorio por multa del art. 45 de la Ley 25.345, pero no por la multa del art. 132 bis de la LCT.

Obra social Intimacion Despido Aportes previsionales Multa art 132 bis lct Multa art 45 ley 25 345


¿Quién es el actor?

Sergio Oscar Woszczyllo

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal Gráfico

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de créditos laborales por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para elevar el monto de condena en $818.18,51 y admitir la multa del art. 45 de la Ley 25.345, pero rechazó la multa del art. 132 bis de la LCT. La Cámara consideró que se acreditó el envío del telegrama intimando a la empleadora, cumpliendo con el requisito del art. 3 del Dto. 146/01, por lo que correspondía aplicar la multa del art. 45 de la Ley 25.345, que ascendió a $105.000. Sin embargo, respecto a la multa del art. 132 bis de la LCT, si bien se acreditó que hubo retención parcial de aportes, la Cámara entendió que dicha norma sanciona únicamente el supuesto de falta total de pago de aportes retenidos, no el pago parcial.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar