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PORTO, MAXIMILIANO EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó a la aseguradora por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que reconoció el derecho a percibir prestaciones dinerarias por las secuelas del accidente.

Intereses Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Accidente in itinere Prestaciones dinerarias

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Maximiliano Ezequiel Porto, demandó a la aseguradora Galeno ART S.A. por un accidente "in itinere" sufrido el 13 de mayo de 2014. La sentencia de primera instancia reconoció su derecho a percibir prestaciones dinerarias conforme la ley 24.557. La aseguradora apeló la decisión, pero el tribunal confirmó la sentencia. Señaló que el accidente ocurrió dentro del plazo de prescripción, y que el informe pericial médico que determinó la incapacidad del actor era razonable y no se apartaba de principios lógicos. Respecto al cálculo de las prestaciones, si bien la aseguradora cuestionó la inclusión de conceptos no remunerativos, el tribunal consideró que tal limitación sería irrazonable y afectaría el significado económico de las prestaciones. Finalmente, confirmó la procedencia de los intereses desde la fecha del accidente.

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