PORTO, MAXIMILIANO EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a la aseguradora por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que reconoció el derecho a percibir prestaciones dinerarias por las secuelas del accidente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Maximiliano Ezequiel Porto, demandó a la aseguradora Galeno ART S.A. por un accidente "in itinere" sufrido el 13 de mayo de 2014. La sentencia de primera instancia reconoció su derecho a percibir prestaciones dinerarias conforme la ley 24.557. La aseguradora apeló la decisión, pero el tribunal confirmó la sentencia. Señaló que el accidente ocurrió dentro del plazo de prescripción, y que el informe pericial médico que determinó la incapacidad del actor era razonable y no se apartaba de principios lógicos. Respecto al cálculo de las prestaciones, si bien la aseguradora cuestionó la inclusión de conceptos no remunerativos, el tribunal consideró que tal limitación sería irrazonable y afectaría el significado económico de las prestaciones. Finalmente, confirmó la procedencia de los intereses desde la fecha del accidente.
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