MOLINA, OMAR FELIPE c/ GUIDO GUIDI S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra la empleadora concesionaria y la empresa fabricante. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia para extender la condena solidaria a la empresa fabricante y aumentar la sanción por falta de registro de aportes.
Despido y falta de registro de aportes
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso del actor. Extendió la condena solidaria a VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. por aplicación del art. 30 LCT, al considerar que la actividad de venta y posventa de vehículos de la concesionaria era inseparable de la actividad principal de la empresa fabricante. Además, aumentó el monto de la sanción del art. 132 bis LCT.
- Fundamentos relevantes:
- VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. delegó en GUIDO GUIDI S.A. un segmento inescindible de su actividad, por lo que resulta solidariamente responsable.
- La prueba testimonial y pericial acredita que GUIDO GUIDI S.A. comercializaba vehículos y brindaba servicios de posventa de la marca VOLKSWAGEN.
- Procede la sanción del art. 132 bis LCT en su monto máximo por los reiterados incumplimientos de GUIDO GUIDI S.A. en el pago de aportes.
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