LUGONES MIGUEL HORACIO c/ RADIOTRONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La demandada impugnó la imposición de costas en el desistimiento de la acción. La Cámara modifica la resolución y las impone a la aseguradora codemandada.
¿Quién es el actor?
Miguel Horacio Lugones
- Demandados: Radiotrónica de Argentina S.A. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente
¿Qué se resolvió?
La Cámara acoge el recurso de apelación interpuesto por la codemandada Radiotrónica de Argentina S.A. en relación a la imposición de costas del desistimiento. Establece que las costas por el desistimiento contra Radiotrónica de Argentina S.A. deben ser soportadas por la aseguradora codemandada Asociart ART S.A., en virtud de lo dispuesto por el art. 73 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley dispone que quien desiste debe soportar los costos de la intervención de la parte desistida. En el acuerdo conciliatorio presentado, Asociart ART S.A. asumió las costas del juicio, por lo que corresponde imponerle las costas del desistimiento contra Radiotrónica.
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