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ACOSTA, SONIA RAQUEL c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia al ajustar la tasa de intereses a aplicar.

Intereses Accidente de trabajo Tasa de justicia Tasa pura Concurso Tasa cer Consolidacion del dano


¿Quién es el actor?

Sonia Raquel Acosta

¿A quién se demanda?

Aseguradora de Riesgos del Trabajo Interacción S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Ajustó la tasa de intereses a aplicar, estableciendo que se aplique la tasa CER más una tasa pura del 6% anual desde la fecha de exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago. Desestimó el planteo de exención de costas y admitió el referente a la tasa de justicia. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró inadecuada la capitalización periódica de intereses ordenada por el Acta N° 2764 de la Cámara, por lo que corresponde sustituir ese criterio.
- Ante la inflación y deterioro monetario, corresponde adoptar la tasa CER más una tasa pura del 6% anual para mantener incólume el crédito de naturaleza alimentaria.
- Los intereses deben correr desde la consolidación del daño, es decir 30 días después del alta médica, y no desde la fecha del accidente.
- Corresponde admitir el reclamo referido a la tasa de justicia, debiendo expedirse el certificado de deuda para su verificación en el concurso.

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