ORELLANO, CESAR MARCELO c/ EXPERTA ART S.A. (EX CAMINOS PROTEGIDOS ART S.A.) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad psicofísica parcial.
Incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad psicofísica del 13,44% (9% física + 3% psíquica + factores de ponderación). El perito médico evaluó que el actor presenta una "reacción vivencial anormal neurótica grado II con manifestaciones depresivas" como consecuencia del accidente, la cual se considera una incapacidad psicológica leve y parcialmente relacionada con el hecho. El tribunal compartió este dictamen pericial, señalando que el juez debe fundarse en el informe médico para determinar la incapacidad, salvo que encuentre sólidos argumentos para apartarse de dicha valoración. También se confirmó que los intereses deben correr desde la fecha del accidente, y que los honorarios de los letrados y del perito médico no resultan elevados.
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