PALLERO, TOMAS GABRIEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trayecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para el cálculo de la indemnización.
Cobro de prestaciones por accidente de trayecto
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia para establecer que la indemnización se actualizará por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación, y se aplicará un interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actualización por RIPTE, conforme el DNU 669/19, es válida por ser un mecanismo de excepción a la prohibición general de indexación.
- La tasa de interés puro del 6% anual se fija para compensar la privación del capital durante el período previo a la liquidación.
- El decreto 669/19 es válido por constituir un decreto delegado que ejerce la prerrogativa autorizada por la ley 24.557.
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