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RODRIGUEZ, BRIAN ALEJANDRO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por reparación sistémica derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y aplicó el sistema de capitalización anual del art. 770 inc. b CCyCN.

Indemnizacion Capitalizacion de intereses Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente laboral Art 770 ccycn


¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ BRIAN ALEJANDRO

¿A quién se demanda?

FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación sistémica por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad física reconocido (8% t.o.) pero redujo el de incapacidad psicológica del 10% al 5% t.o. Asimismo, aplicó el sistema de capitalización anual previsto en el art. 770 inc. b CCyCN sobre el capital de condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La peritación médica no justificó adecuadamente el 10% de incapacidad psicológica ni su vinculación con el accidente. Si bien el juez de grado admitió un 5% de incapacidad psicológica sin objeción de la demandada, no correspondía disminuirlo de oficio.
- Respecto a los intereses, si bien correspondía aplicar la tasa activa anual del Banco Nación, correspondía la capitalización anual prevista en el art. 770 inc. b CCyCN por ser una norma de orden público.

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