SPERANZA, NICOLAS HORACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica derivada de accidente laboral. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia y estableció que el capital de condena devengará intereses con una única capitalización.
Indemnización por incapacidad física (5,06%) y psíquica derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma parcialmente la sentencia de primera instancia. Establece que el capital de condena devengará intereses desde la primera manifestación invalidante, al promedio de la tasa activa del Banco Nación, con una única capitalización al momento de la recepción del expediente administrativo. Deja sin efecto lo decidido sobre costas y honorarios, que son regulados nuevamente.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- El reclamo sobre el porcentaje de incapacidad física se considera desierto, al no contener una crítica concreta y razonada a los fundamentos de la sentencia recurrida.
- Respecto a la incapacidad psíquica, se señala que no fue incluida en la denuncia inicial, ni se ofreció prueba al respecto en el trámite administrativo, por lo que no corresponde su consideración.
- En cuanto a los intereses, se aplica la tasa del art. 12 de la Ley 24.557, con una única capitalización al momento de la recepción del expediente ante la Justicia Nacional del Trabajo.
- Las costas y honorarios de ambas instancias son regulados nuevamente.
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