PERALTA, AGUSTIN ANDRES c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador interpuso demanda por accidente de trabajo, y la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó en parte la sentencia de primera instancia, elevando los honorarios del perito médico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El trabajador Agustín Andrés Peralta demandó a la ART La Segunda S.A. por un accidente de trabajo. La sentencia de primera instancia fue apelada por ambas partes.
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia en cuanto a: 1) la acreditación del nexo causal entre el accidente y las lesiones sufridas por el trabajador; 2) la valoración del informe pericial médico que determinó una incapacidad del 12,78%; 3) la aplicación del índice RIPTE para la actualización de las prestaciones; y 4) la fecha de inicio de los intereses.
Sin embargo, la Cámara elevó los honorarios del perito médico a la suma de $91.050, considerando el mérito e importancia de los trabajos realizados. Respecto a las costas y honorarios de alzada, se impusieron en el orden causado.
Los principales fundamentos fueron:
- La falta de rechazo oportuno de la denuncia implica aceptación tácita del accidente por parte de la ART.
- El informe pericial médico se encuentra debidamente fundado y no presenta objeciones que justifiquen apartarse de sus conclusiones.
- La aplicación del índice RIPTE para la actualización salarial es procedente por ser posterior a la entrada en vigencia de la ley 27.348.
- Los intereses deben correr desde la fecha del accidente, conforme lo establece la ley 27.348.
- La tasa de interés debe compensar el deterioro del crédito laboral y el perjuicio sufrido por el trabajador, siendo razonable aplicar una única capitalización al momento del traslado de la demanda.
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