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DUARTE, TERESA KARINA c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad reconocido por daño psicológico.

Intereses Incapacidad laboral Nexo causal Dano psicologico Accidente de trabajo Ley 27348


¿Quién es el actor?

DUARTE, TERESA KARINA

¿A quién se demanda?

PREVENCION ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso Ley 27348

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad reconocido por daño psicológico, fijando el total de incapacidad en el 6.43% de la t.o.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño psicológico debe estar intrínsecamente ligado a una minusvalía física de tal envergadura que amerite ponderar que la incapacidad provoca un padecimiento en la psiquis del accidentado. En el caso, el daño físico verificado es exiguo (5.77%), por lo que no se puede juzgar que las secuelas psicológicas deriven adecuadamente de ese evento.
- No se encuentra acreditada la relación causal entre los hechos y el daño psicológico señalado en la pericia, por lo que corresponde detraer el porcentaje por incapacidad psicológica.
- El tribunal fijará el monto de condena aplicando los intereses desde la fecha del siniestro según lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 27.348.

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