GOROSITO, HORACIO JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia al disponer la aplicación de un nuevo régimen de intereses desde el 8 de febrero de 2024.
Prestaciones dinerarias por las secuelas de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma el porcentaje de incapacidad reconocido en primera instancia. Se modifica el régimen de intereses a aplicar a partir del 8 de febrero de 2024, disponiendo la aplicación del CER más un 6% anual sobre el capital reajustado.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró razonable modificar el régimen de intereses a partir del 8 de febrero de 2024, dado el agravamiento del proceso inflacionario, sin que ello implique un cambio de paradigma que obligue a reconsiderar los criterios consentidos al momento de la apelación.
- Dos de los magistrados consideraron que correspondía aplicar el nuevo régimen de intereses desde el origen del crédito, en función de la depreciación monetaria y la necesidad de preservar el capital.
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