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HORMAZA, MARIA EUGENIA c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora reclamó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y condenó al pago de diversos rubros indemnizatorios.

Indemnizaciones laborales Despido Salarios adeudados Multa art 80 lct Ley 25 323

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada al pago de indemnizaciones por despido, salarios adeudados, sanciones e intereses. Consideró acreditada la falta de pago de salarios como causal de despido indirecto. Los principales fundamentos fueron:
- La documental aportada por la demandada para acreditar el pago de salarios fue desconocida por la actora, por lo que no se tuvo por probado dicho pago.
- La intimación de la actora a la empleadora para que abone los salarios adeudados justifica la causal de despido indirecto por falta de pago.
- Corresponde aplicar la sanción del art. 2 de la Ley 25.323 por el incumplimiento en el pago de las indemnizaciones.
- Procede la multa del art. 80 LCT por incumplimiento en la entrega del certificado de trabajo.

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