FERNANDEZ, ALFREDO ADRIAN c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclama indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia que reconoció la incapacidad y la aplicación de la ley especial.
indemnización por accidente de trabajo sufrido durante las tareas de depostada en frigorífico, que le ocasionaron incapacidad por afecciones en columna cervical y lumbar.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que había admitido la acción por reparación sistémica. Respecto a la valoración de la prueba pericial médica, el tribunal desestimó los agravios de la aseguradora, entendiendo que el perito había fundamentado adecuadamente la incapacidad del 22,4% derivada de las lesiones relacionadas causalmente con las tareas desarrolladas por el trabajador. También confirmó el cómputo de intereses desde la fecha del accidente, de acuerdo al art. 2 de la Ley 26.773.
Fundamentos principales:
- El perito médico concluyó que las patologías de columna cervical y lumbar del trabajador tienen relación causal con las tareas desarrolladas, descartando que se trate de una afección preexistente de carácter degenerativo.
- El perito aplicó correctamente el Baremo del Decreto 659/96 para determinar el porcentaje de incapacidad.
- La Cámara consideró que la aseguradora no logró demostrar error en la pericia que permitiera cuestionar la conclusión del expert
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