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ESPINDOLA, ADRIAN ERNESTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador demandó a la ART por accidente laboral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia, aplicando una tasa de interés diferente y reduciendo los honorarios de la representación legal del actor y de la perita médica.

Tasa de interes Incapacidad laboral Accidente de trabajo Honorarios profesionales Anatocismo Ley 27 348 Ley 24 432

Accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que los intereses deben calcularse conforme al art. 11 de la ley 27.348, es decir, a la tasa activa promedio del Banco Nación. Además, redujo los honorarios de la representación letrada del actor y de la perita médica. En lo demás, confirmó la sentencia apelada. Los fundamentos principales son:
- La ley 27.348 es aplicable por ser posterior a la fecha del accidente.
- La tasa de interés debe mantener incólume el capital indemnizatorio, compensando la demora en el pago y la inflación.
- La prohibición general del anatocismo tiene excepciones, como la aplicación del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
- Los honorarios deben ser justos y razonables según el mérito e importancia de los trabajos, más allá del tope de responsabilidad del art. 1 de la ley 24.432.

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