BAEZ, AGUSTINA ROCIO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora apeló la sentencia que rechazó su reclamo por secuelas de un accidente laboral. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión y consideró que no se acreditó un daño actual, cierto y subsistente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Agustina Rocío Báez, interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su reclamo por secuelas de un accidente laboral sufrido mientras se desempeñaba como mucama en un establecimiento hospitalario. Báez sostiene que quedó con secuelas psicofísicas y que el juez de grado violentó sus derechos al negarle medidas probatorias. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que si bien Báez sufrió un accidente laboral al cerrarse una puerta corrediza y golpearse el quinto dedo de la mano derecha, no hubo fractura, edema ni la trabajadora cuestionó haber vuelto a sus tareas habituales. Destacó que en el derecho argentino el solo hecho de sufrir un accidente no genera derecho a compensación, sino que debe mediar un daño actual, cierto y subsistente, lo cual no se acreditó en este caso. Por la naturaleza del accidente sufrido, el tribunal descartó que Báez pueda padecer un trauma mental derivado del siniestro.
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