HURTADO MANTILLA, GENESIS VIRGINIA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora promovió reclamo por incapacidad derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la incapacidad física del 11,70% determinada en primera instancia, pero desestimó la incapacidad psicológica del 5%.
Incapacidad derivada de accidente in itinere ocurrido el 13/08/2019
¿Qué se resolvió?
Se confirma incapacidad física del 11,70% y se desestima incapacidad psicológica del 5%. La Cámara consideró que el dictamen pericial que determinó la incapacidad física se encontraba debidamente fundado, mientras que el informe que acreditaba la incapacidad psicológica del 5% no presentaba fundamentos suficientes sobre la relación causal con el accidente. Se señala que el perito no realizó un análisis adecuado de la personalidad previa de la trabajadora, sus antecedentes y el vínculo del cuadro psíquico con el siniestro denunciado.
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