HERRERA, CARLOS ADOLFO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor impugnó el porcentaje de incapacidad laboral fijado en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia para adecuar los intereses al criterio jurisprudencial vigente.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que aplicó el menor porcentaje de incapacidad laboral del segundo peritaje médico. Sólo modificó la sentencia respecto al cálculo de los intereses, adecuándolos a la normativa y jurisprudencia vigente. Los jueces señalaron que existe un margen de ponderación judicial para analizar el informe pericial médico a la luz de las demás pruebas. En este caso, consideraron que el segundo peritaje estaba debidamente fundamentado, mientras que los argumentos del actor no lograban desvirtuar la decisión del juez de primera instancia. Respecto a los intereses, la Cámara aplicó lo dispuesto en el Acta N° 2784/2024, que establece la aplicación del CER más una tasa del 6% anual. Adicionalmente, se previó la posibilidad de ajustar el monto de intereses si su aplicación resultara desproporcionada, mediante la actualización por el índice RIPTE más una tasa del 7% anual.
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