VAZQUEZ, JULIO RICARDO c/ ALBERTO F. VICENTE S.A. s/DESPIDO
Trabajador demandó a empresa por créditos salariales e indemnizatorios. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y condenó a la empresa al pago de la indemnización adicional prevista en la Ley 25.323.
Cobro de créditos salariales e indemnizatorios por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, modificando la sentencia de primera instancia. Condenó a la empresa a abonar la suma de $2.128.366,34, incluyendo el incremento indemnizatorio previsto en el art. 2 de la Ley 25.323, que la jueza de primera instancia había rechazado. Mantuvo la distribución de costas a la demandada y la regulación de honorarios de primera instancia, imponiendo las costas de la apelación en el orden causado.
Fundamentos principales:
- La norma del art. 2 de la Ley 25.323 no exige que la intimación al empleador se realice en forma separada de la comunicación del despido, bastando que se practique en forma clara y eficaz con posterioridad a la denuncia contractual, aun dentro de la misma pieza.
- Entender lo contrario implicaría un exceso de rigorismo formal, cuando la norma no impone plazo alguno para efectuar la intimación.
- Se verificó en autos el cumplimiento de los recaudos legales exigidos para la procedencia del incremento indemnizatorio.
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