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VELIZ, ALBERT ALESANDRO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modificó el cálculo de los intereses aplicables. La Cámara estableció que los créditos diferidos a condena se adecuarán desde que cada suma es debida y hasta la fecha de la liquidación mediante el CER, más una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la notificación de la demanda, cuyo resultado se capitaliza. Al monto resultante se le aplica una tasa del 6% anual desde la notificación de la demanda hasta la liquidación. Adicionalmente, la Cámara estableció que si la aplicación de los intereses conforme lo anterior arroja un resultado desproporcionado, corresponde aplicar el criterio del art. 771 del Código Civil y Comercial, actualizando el valor histórico del capital de condena por el índice RIPTE más una tasa del 7% anual. También se modificaron los honorarios regulados.

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