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GONZALEZ, CARLOS c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó adecuar los intereses aplicando la tasa CER más una tasa pura del 6% anual.

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Accidente de trabajo
- Ley especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que al capital de condena se apliquen intereses de acuerdo a la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) reglamentada por el BCRA más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha de exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago. Asimismo, estableció que la única capitalización prevista en el Código Civil y Comercial se produzca a la fecha de notificación de la demanda, exclusivamente sobre la tasa pura del 6% anual.
- La Cámara fundamentó su decisión en la doctrina de la CSJN que consideró inadecuada la capitalización periódica ordenada en el Acta 2764/2022 de la CNAT, y en la necesidad de mantener incólume el valor del crédito laboral de naturaleza alimentaria frente a la grave inflación.

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