RUIZ, DANIEL MARCIAL (6) c/ INTERMUNDO SECURITY S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia de primera instancia y ordena recalcular los intereses aplicando la tasa CER más 6% anual.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en relación a la cuestión principal decidida en primera instancia, dado que el monto reclamado no supera el mínimo establecido por la Ley Orgánica. Sin embargo, modifica la sentencia en lo referido a la tasa de interés aplicable al monto de condena, ordenando que se adecúen los créditos laborales de acuerdo a la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) reglamentada por el BCRA, más una tasa pura del 6% anual, con única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Conforme el art. 106 de la Ley Orgánica, son inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor que se intenta cuestionar en la alzada no excede las 300 veces el importe del derecho fijo previsto en el art. 51 de la ley 23.187. En este caso, el monto reclamado no supera dicho mínimo.
- Sin embargo, la Cámara resuelve modificar la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable, adoptando los lineamientos establecidos por el Fuero en el Acta Nº 2783 del 13/03/2024.
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