DENGRA, RAMIRO DAMIAN c/ SAN JORGE ASESORES S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que los créditos reconocidos devenguen intereses en forma acorde a la jurisprudencia vigente.
¿Quién es el actor?
Ramiro Damián Dengra
¿A quién se demanda?
San Jorge Asesores S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses, confirmando lo demás. Consideró que los créditos deben devengar intereses según el CER más una tasa pura del 6% anual, con una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda. Dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, los que fueron determinados en forma originaria.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que la tasa de interés a aplicar debe compensar la falta de goce del capital y absorber mínimamente los daños derivados de la mora, objetivo que no se logra con la aplicación lineal de las tasas previas al Acta 2764 CNAT.
- Resaltó que la decisión de la CSJN en "Oliva" descalificó el método de capitalización periódica del Acta 2764 CNAT.
- Dispuso aplicar el criterio establecido en los Acuerdos Generales de Cámara (Actas 2783 y 2784), con CER más 6% anual y única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.
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