SANCHEZ, MIGUEL PABLO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló sentencia que lo indemnizaba por accidente de trabajo. La Cámara modificó el cálculo de los intereses.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses. Estableció que los intereses se capitalizarán por única vez a la fecha de recepción del expediente administrativo ante la Justicia Nacional del Trabajo.
Los principales fundamentos de la Cámara fueron:
- La ley 27.348 establece que los intereses deben calcularse según la tasa activa del Banco Nación, por lo que no procede aplicar el criterio del Acta 2683 de la Cámara.
- Sin embargo, la mayoría de la Sala considera equitativo disponer una única capitalización de los intereses al momento de la recepción del expediente ante la Justicia.
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