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VILLEGAS RAMOS, LUIS c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara del Trabajo confirmó el porcentaje de incapacidad determinado y mantuvo la imposición de intereses desde la fecha del accidente.

Intereses Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente al reclamo. Confirmó el porcentaje de incapacidad del 1,20% determinado por la Comisión Médica, y mantuvo la imposición de intereses desde la fecha del accidente. La Cámara rechazó los agravios de la demandada por considerarlos insuficientes, y confirmó los honorarios regulados. Fundamentos relevantes:
- La Cámara señaló que las críticas de la demandada sobre la incapacidad determinada no cumplen con los requisitos del art. 116 de la Ley Orgánica, pues no contienen un examen serio y razonado de los fundamentos de la sentencia.
- Respecto a la fecha de inicio de los intereses, la Cámara se remitió a su jurisprudencia previa, considerando razonable fijarlos desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara consideró que los regulados en primera instancia resultan adecuados.

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