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SOSA JAVIER EZEQUIEL c/ CAMINOS PROTEGIDOS ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo solicitando indemnización por incapacidad física y psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses y honorarios.

Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Honorarios profesionales


¿Quién es el actor?

Javier Ezequiel Sosa

¿A quién se demanda?

Caminos Protegidos Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses y honorarios. Fundamentos principales:
- Respecto a la incapacidad psicológica informada por el perito médico, el tribunal consideró que el informe se basó en principios racionales y científicos, y que el accidente y sus secuelas guardan idoneidad suficiente para generar el daño psicológico informado.
- En relación al cómputo de intereses, el tribunal consideró que deben calcularse de acuerdo a la tasa CER reglamentada por el BCRA con más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago.
- Sobre los honorarios, se establecieron de conformidad a las leyes arancelarias aplicables (ley 21.839 y ley 27.423) según la época en que se realizaron los trabajos profesionales.

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