SOSA JAVIER EZEQUIEL c/ CAMINOS PROTEGIDOS ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo solicitando indemnización por incapacidad física y psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses y honorarios.
¿Quién es el actor?
Javier Ezequiel Sosa
¿A quién se demanda?
Caminos Protegidos Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses y honorarios.
Fundamentos principales:
- Respecto a la incapacidad psicológica informada por el perito médico, el tribunal consideró que el informe se basó en principios racionales y científicos, y que el accidente y sus secuelas guardan idoneidad suficiente para generar el daño psicológico informado.
- En relación al cómputo de intereses, el tribunal consideró que deben calcularse de acuerdo a la tasa CER reglamentada por el BCRA con más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago.
- Sobre los honorarios, se establecieron de conformidad a las leyes arancelarias aplicables (ley 21.839 y ley 27.423) según la época en que se realizaron los trabajos profesionales.
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