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DE BENEDETTI, NESTOR HORACIO Y OTRO c/ ARANO, JUAN CARLOS Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadores reclaman por despido y aportan prueba de vínculo laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo.

Solidaridad Relacion laboral Despido Fraude laboral Presuncion de certeza

despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo de los trabajadores. Se acreditó la existencia de la relación laboral pese a la oposición de la empleadora que fue declarada rebelde. Asimismo, se confirmó la condena solidaria al socio de la empresa Trelke We SRL por el fraude laboral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Repárese en que, en el caso, la demandada fue declarada rebelde en los términos del art. 71 de la LO que establece una presunción de certeza respecto de los hechos expuestos en la demanda siempre y cuando sean personales y vinculados con el litigio (ver arts. 71 LO y 356 CPCC) y salvo prueba en contrario que, en el caso, no se ha producido." "En mérito de ello y teniendo en consideración los términos de los respondes de Cueros Sur S.R.L.
- ver fs. 27/31-, Pedro Matías González – fs. 32/41-, María Eugenia Gradia – fs. 78/85-, y José María Gradia – fs. 88/94 ( quienes señalaron que los actores tuvieron un vínculo laboral con Trelke we srl), el Juzgador tuvo por cierto que los coaccionantes ingresaron a laborar bajo las órdenes de "Trelke We S.R.L."" "Asimismo, habiéndose acreditado en las presentes, irregularidades registrales en los vínculos de empleo, debe entenderse que medió fraude laboral, y en dicha inteligencia condenó a quién reconoció su carácter de socio de la sociedad TRELKE WE S.R.L."

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