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GALARZO, EZEQUIEL c/ BOMVIVANT S.A. s/DESPIDO

El actor demandó a la empresa por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de los intereses.

Intereses Capitalizacion Inflacion Despido Cer Creditos laborales

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia salvo en lo relativo al cálculo de intereses, que se modifica. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que, dada la inflación y la pérdida del poder adquisitivo de la moneda, corresponde adecuar los créditos laborales según la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) más una tasa pura del 6% anual, desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago. Además, la única capitalización prevista en el Código Civil y Comercial se realizará a la fecha de notificación de la demanda, solo sobre la tasa pura del 6%.
- Se aclara que si el cálculo según estos parámetros fuese más gravoso para la demandada que lo establecido en la sentencia de grado, se tomará como límite el monto que surja de dicho cálculo.

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