CRAVERO, PABLO NICOLAS c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accionó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ajustó el criterio de actualización del monto de condena.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando el criterio de actualización de los montos condenatorios.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Siguiendo el criterio establecido por la CSJN y los Acuerdos Generales CNAT Nº 2783 y 2784, correspondía disponer que los créditos diferidos a condena se adecuen mediante el CER, con una tasa anual del 6% desde la fecha del crédito y hasta la notificación de la demanda, y luego del 6% hasta la liquidación.
- Sin perjuicio de ello, en atención al criterio jurisprudencial de la Sala, también correspondía aplicar lo normado por el art. 771 del Código Civil y Comercial, a fin de evitar un resultado desproporcionado, estableciendo como parámetro objetivo la actualización por RIPTE más 7% anual.
- Se modificó la sentencia de grado en este aspecto, confirmándola en lo demás.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: