BARROS, JESSICA DAIANA c/ GRUPO SALUD S.A. s/DESPIDO
La actora demandó por despido incausado. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el monto de condena.
Despido incausado
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y reduce el monto de condena a $58.428,50 con los intereses decididos previamente. Confirma las regulaciones de honorarios. La jueza Cañal considera que el decreto 146/2001 que establece un plazo de 30 días para que el empleador entregue los certificados de trabajo es inconstitucional, ya que la obligación debe cumplirse de forma inmediata. Sin embargo, dado que la integración actual de la Sala no comparte este criterio, opta por no sostenerlo a fin de evitar un dispendio jurisdiccional y modificar solo el monto de condena.
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