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HUGO ALVAREZ, AQUILES c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO MONTES DE OCA 675 s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

El actor promovió demanda por diferencias salariales derivadas de la modificación unilateral de su jornada laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y dispuso una nueva forma de cálculo de los intereses.

Intereses Capitalizacion Diferencias salariales Ius variandi Cer Modificacion de jornada laboral


¿Quién es el actor?

Hugo Alvarez Aquiles

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios del Edificio Montes de Oca 675

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales por modificación unilateral de la jornada laboral La Cámara confirmó que la decisión del consorcio de modificar la jornada laboral del Sr. Alvarez Aquiles fue un ejercicio abusivo del ius variandi, por lo que hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de las diferencias salariales. En cuanto a los intereses, la Cámara modificó el criterio de capitalización anual dispuesto en primera instancia, y estableció que los intereses se calcularán de acuerdo a la tasa CER más un 6% anual desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago, con una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.

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