MARTINEZ, MARIA ANGELICA c/ BRISTA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, adaptando la forma de cálculo de los intereses sobre el monto de condena.
Despido laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modificó la forma de cálculo de los intereses sobre el monto de condena. Dispuso que el capital de condena se actualizará mediante la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más una tasa pura del 6% anual, con única capitalización a la fecha de notificación de la demanda sobre la tasa pura del 6%.
Los principales fundamentos fueron:
- La relación laboral no se encuadraba en el régimen especial del servicio doméstico, sino en el Régimen de Contrato de Trabajo, dado que la trabajadora prestaba servicios en las oficinas de la sociedad empleadora.
- Correspondía aplicar la presunción del art. 55 LCT, ya que la empleadora no registró a la trabajadora.
- Resulta necesario adoptar un mecanismo que compense a la parte acreedora de los efectos de la privación del capital por demora de la deudora, así como para resarcir los daños derivados de dicha mora y mantener el valor del crédito frente al deterioro del signo monetario provocado por la grave inflación.
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