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JOAQUIN, AGUSTINA LILIA c/ OMINT SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por despido incausado y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Valoracion de prueba Relacion laboral Indemnizaciones Despido incausado Art 80 lct Art 2 ley 25 323 Art 8 ley 24 013 Art 15 ley 24 013


¿Quién es el actor?

Agustina Lilia Joaquín

¿A quién se demanda?

Omint Sociedad Anónima de Servicios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la valoración de la prueba realizada por la jueza de primera instancia fue adecuada, y que se acreditó la existencia de una relación laboral entre la actora y la demandada.
- Rechazó los agravios de la demandada sobre la impugnación a los testigos y la supuesta naturaleza de locación de servicios del vínculo.
- Confirmó la condena al pago de las indemnizaciones por despido, art. 2 de la ley 25.323 y art. 80 LCT.
- Desestimó el reclamo de la demandada sobre la procedencia de las indemnizaciones de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013.
- Confirmó la regulación de honorarios.

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