PINILLA, GABRIELA EDITH c/ ERREBROS S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora apeló la sentencia que hizo lugar parcialmente a su demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la tasa de interés aplicable.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la tasa de interés aplicable, estableciendo que se deberá aplicar el índice CER más un 3% anual como interés compensatorio, hasta el efectivo pago. Los demás aspectos de la sentencia de primera instancia fueron confirmados.
Los fundamentos principales de la Cámara fueron:
- De conformidad con precedentes de la propia Cámara y la jurisprudencia de la CSJN, corresponde aplicar el índice CER más un interés compensatorio del 3% anual, en lugar de la tasa fijada en primera instancia.
- Esta nueva tasa de interés se aplicará desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, capitalizándose por única vez al momento de la notificación de la demanda.
- En cuanto a las costas y honorarios, se confirma lo dispuesto en primera instancia, salvo el ajuste en los honorarios de la representación letrada de la parte actora y demandada en la acción contra MAPUCA SA.
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