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CHIMENTO, CARLOS ANTONIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicofísica del 11,75% del trabajador.

Incapacidad psicofisica Tasa de interes Dano psicologico Liquidacion Enfermedad profesional

Enfermedad profesional (tenosinovitis y síndrome de túnel carpiano) y daño psicológico

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se reconoció una incapacidad psicofísica del 11,75% (1,75% física y 10% psicológica) y se condenó a la ART a pagar la indemnización correspondiente. Fundamentos principales:
- La perito psicóloga concluyó que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación depresiva Grado II, compatible con el concepto de "trauma" por el impacto del hecho. Existe relación causal adecuada entre la contingencia laboral y el daño psicológico.
- No es atribución exclusiva de los peritos decidir la causalidad, pero sus conclusiones deben ser valoradas, salvo error manifiesto. En este caso, el informe pericial psicológico proporciona suficiente verosimilitud sobre el nexo causal.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa RIPTE desde la fecha de toma de conocimiento de la enfermedad, más un interés moratorio del 6% anual hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el pago efectivo.

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