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MENESTRINA, GERARDO DAMIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador reclamó por una incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la condena e interpretó la aplicación del decreto 669/19 sobre la actualización del ingreso base mensual.

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Incapacidad derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que el ingreso base mensual debe actualizarse por el índice RIPTE desde el momento del accidente y hasta el pago. Además, confirmó la procedencia del reclamo y los intereses moratorios. Los fundamentos principales fueron:
- El decreto 669/19 no implica una repotenciación de la indemnización, sino una modificación de la tasa de interés aplicable.
- El ingreso base debe actualizarse por el índice RIPTE desde el momento del accidente y hasta el pago.
- Deben aplicarse intereses moratorios adicionales a la tasa RIPTE, en un 8% anual.
- La aplicación del RIPTE y los intereses moratorios permiten mantener el valor de la prestación.

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